Elige una opción
Continuar como invitado
Los usuarios invitados solo tienen acceso a 2 test gratis y no podrán acceder a las explicaciones de las respuestas fallidas
Como usuario registrado
Los usuarios Registrados tienen acceso a 2 Test gratuitos y podrán ver explicaciones a las respuestas fallidas
Sólo los usuarios registrados pueden ver las explicaciones de las preguntas falladas. Registrarse es gratis.
Primera Inmersión 1
Bienvenido 👋 Descubre todo lo que nuestra plataforma puede ofrecerte. Explora contenido destacado, conoce nuestras funcionalidades principales y comienza a aprovechar nuestros recursos. 🔐 Crea una cuenta gratuita para acceder a más contenido exclusivo, guardar tus preferencias y disfrutar de una experiencia personalizada.
En que normas chilenas se encuentran establecidas las condiciones generales para la realización de actividades de buceo recreativo Autónomo.
NCh 2958 = buceo AUTONOMO (SCUBA). NCh 3012 = buceo en APNEA. Normas diferentes para modalidades distintas.
La NORMA CHILENA NCh 2958 establece las condiciones generales para la realización de actividades de BUCEO RECREATIVO AUTONOMO (SCUBA: Self-Contained Underwater Breathing Apparatus). Esta norma define los requisitos de seguridad, equipamiento, planificacion, procedimientos y alternativas de seguridad que deben cumplirse en el buceo deportivo con equipo autónomo. Es la norma de referencia para el buceo SCUBA deportivo en Chile. La NCh 3012 es para el BUCEO EN APNEA (que es una norma diferente para una modalidad diferente).
Las explicaciones son para usuarios registrados.
¿Cuál es la edad mínima para postular a la matricula de buceador deportivo avanzado?
Buceador Deportivo AVANZADO = edad mínima 18 AÑOS. Jerarquía: básico=14, intermedio=16, avanzado=18, instructor=20.
La EDAD MINIMA para postular a la MATRICULA DE BUCEADOR DEPORTIVO AVANZADO es de 18 AÑOS. Esta licencia de nivel avanzado requiere mayor madurez y experiencia que las licencias básica e intermedia. Los 18 anos corresponden a la mayoría de edad en Chile, lo que implica que los candidatos pueden responsabilizarse plenamente de sus actos sin necesidad de autorización parental. La jerarquía de edades mínimas es: básico=14, intermedio=16, avanzado=18, instructor=20 años.
Las explicaciones son para usuarios registrados.
La Circular D.G.T.M y M.M. Ordinario No A-41/010 establece:
Circular A-41/010 = requisitos de ACREDITACION y OPERACION de entidades de capacitación náutica y buceo.
La CIRCULAR MARITIMA A-41/010 establece los REQUISITOS PARA LA ACREDITACION Y OPERACION de las ENTIDADES DE CAPACITACION NAUTICA y de BUCEO DEPORTIVO. Esta circular es el documento normativo principal que regula como deben estar constituidas, equipadas y operar las escuelas, academias y centros que imparten formación náutica y de buceo deportivo en Chile. Incluye los requisitos de personal docente, infraestructura, equipamiento, programas de formación, mantención de equipos (Anexo F) y procedimientos de examinación.
Las explicaciones son para usuarios registrados.
Oferta
El Reglamento General de Deportes Náuticos regula las actividades deportivas, recreativas náuticas y de buceo deportivo que se realicen en:
Reglamento Deportes Náuticos aplica a TODAS las aguas con SOBERANIA o JURISDICCION NACIONAL. Alcance máximo.
El REGLAMENTO GENERAL DE DEPORTES NAUTICOS y Buceo Deportivo tiene ámbito de aplicación en TODAS LAS AGUAS SOMETIDAS A SOBERANIA O JURISDICCION NACIONAL, que incluye: el mar territorial chileno (12 millas náuticas), la zona contigua, las aguas interiores (bahías, ríos, lagos), estuarios y cualquier masa de agua bajo administración del Estado chileno. No se limita a aguas 'locales' ni de 'fiscalización local'; su alcance es el máximo posible dentro de la soberanía del Estado. Esta cobertura amplia garantiza que las normas se apliquen uniformemente en todo el territorio marítimo nacional.
Las explicaciones son para usuarios registrados.
¿Qué es Buceo guiado?
BUCEO GUIADO = actividad RECREATIVA con un GRUPO de buceadores deportivos bajo la conducción de un guía.
El BUCEO GUIADO es la ACTIVIDAD DE BUCEO DEPORTIVO RECREATIVO donde participa un GRUPO DETERMINADO DE BUCEADORES DEPORTIVOS bajo la conducción de un instructor o guía certificado. Es una modalidad organizada de buceo recreativo (no comercial ni profesional) donde el guía tiene responsabilidad sobre la seguridad del grupo. Se distingue del buceo autónomo individual en que hay un guía que lidera, planifica y supervisa la inmersión del grupo. Esta modalidad requiere autorización y cumple con normas especificas de la NCh 2958 y la Circular A-41/010.
Las explicaciones son para usuarios registrados.
¿Qué es la evaluación?
EVALUACION = proceso INTENCIONADO y SISTEMATICO para recoger información y TOMAR DECISIONES educativas.
La EVALUACION es un PROCESO INTENCIONADO (con propósito definido) y SISTEMATICO (organizado con criterios y procedimientos coherentes) que permite RECOGER INFORMACION para la TOMA DE DECISIONES sobre el proceso educativo. Esta definición abarca todas las funciones de la evaluación: diagnostica (conocer el nivel de entrada), formativa (retroalimentar durante el proceso) y sumativa (valorar los resultados finales). La toma de decisiones incluye: ajustar la metodología, identificar alumnos que necesitan apoyo, acreditar aprendizajes y mejorar la planificación.
Las explicaciones son para usuarios registrados.
¿Con que elementos mínimos deberá contar la entidad de buceo deportivo para realizar las practicas de buceo recreativo guiado?
Buceo guiado: bitácora + botiquín + plan de CONTINGENCIA + elementos de APOYO + oxigeno NORMOBARICO PORTATIL.
Para realizar BUCEO RECREATIVO GUIADO, la entidad debe contar OBLIGATORIAMENTE con: BITACORA (registro de todas las inmersiones realizadas), BOTIQUIN (primeros auxilios básicos), PLAN DE CONTINGENCIA (protocolo de respuesta ante emergencias), ELEMENTOS DE APOYO (cabo de vida, boya de señalización, aro salvavidas) y EQUIPO DE SUMINISTRO DE OXIGENO NORMOBARICO PORTATIL (para tratamiento inmediato de accidentes de buceo). El oxigeno debe ser PORTATIL (no fijo) para poder llevarlo al sitio de buceo. El plan de CONTINGENCIA (no de evacuación) es el termino correcto.
Las explicaciones son para usuarios registrados.
¿Cuándo la Autoridad Marítima podrá suspender la practica de actividades deportivas náuticas y buceo deportivo?
Autoridad Marítima suspende actividades = cuando constituyen PELIGRO para los practicantes o TERCEROS.
La AUTORIDAD MARITIMA tiene facultad para SUSPENDER la practica de actividades deportivas náuticas y buceo deportivo CUANDO ESTAS CONSTITUYAN UN PELIGRO PARA SUS CULTORES (los propios practicantes) O PARA TERCERAS PERSONAS. Esta es la causal fundamental de suspensión: el criterio de seguridad. Puede suspenderse por condiciones climáticas peligrosas, accidentes graves, áreas contaminadas o cualquier circunstancia que implique riesgo serio. El registro en Sernatur o la ubicación geográfica no son causales de suspensión por la Autoridad Marítima.
Las explicaciones son para usuarios registrados.
¿Que hay que tener presente en toda comunicacion didactica verbal?
Comunicacion verbal = tono de voz + buena DICCION + claridad de ideas + PAUSAS necesarias. Los cuatro elementos.
En toda COMUNICACION DIDACTICA VERBAL, los cuatro elementos a tener presentes son: TONO DE LA VOZ (volumen, énfasis, variación tonal para mantener la atención), BUENA DICCION (pronunciación clara y correcta de las palabras), CLARIDAD DE LAS IDEAS (organización lógica y comprensible del contenido) y PAUSAS NECESARIAS (momentos de silencio que permiten al oyente procesar la información, hacer preguntas y consolidar el aprendizaje). La conducta y la expresión corporal corresponden a la comunicación NO verbal, que es una categoría diferente.
Las explicaciones son para usuarios registrados.
¿Cada cuanto tiempo se efectuara la mantención de las válvulas de buceo según el Anexo 'F' dispuesto en Circular Marítima A-41/010?
Mantención VALVULAS de buceo (Circ. A-41/010) = cada 12 MESES (anual).
Según el ANEXO F de la CIRCULAR MARITIMA A-41/010 (que regula el mantenimiento de equipos de buceo deportivo en Chile), las VALVULAS DE BUCEO deben recibir mantención CADA 12 MESES (anualmente). Este mantenimiento incluye la revisión, limpieza, lubricación y verificación del funcionamiento correcto de las válvulas de apertura/cierre de las botellas de buceo. Una válvula en mal estado puede fallar bajo el agua y cortar el suministro de aire, lo que es una emergencia critica. El plazo anual garantiza la confiabilidad del equipo.
Las explicaciones son para usuarios registrados.
Aciertos
Fallos
Nota
Te faltan alternativas por marcar
Si envías igual, esas preguntas cuentan como error.