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¿Qué Embarcaciones Puedo Manejar con la Licencia de Capitán Deportivo Costero?

Veleros, lanchas, yates y catamaranes: todo lo que habilita la Licencia de Capitán Deportivo Costero en Chile. También lo que NO puedes hacer. Guía 2026.

27 Apr 2026 7 min de lectura 1 visitas 4.80/5 (2 votos)
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¿Qué Embarcaciones Puedo Manejar con la Licencia de Capitán Deportivo Costero?

Guía completa sobre los tipos de embarcaciones habilitadas por la Licencia de Capitán Deportivo Costero en Chile: veleros, lanchas, yates, catamaranes, y también lo que no está permitido.

Vela y motor Hasta 60 millas Incluye embarcaciones de bahía

La respuesta directa: ¿qué embarcaciones habilita esta licencia?

Según el Reglamento General de Deportes Náuticos (D.S. Nº 214 de 2015), la Licencia de Capitán Deportivo Costero habilita para la navegación al mando de todo tipo de embarcaciones deportivas costeras, propulsadas tanto a vela como a motor, en navegaciones a lo largo del litoral hasta una distancia de 60 millas náuticas de la costa.

La clave está en la expresión "todo tipo": el Reglamento no establece restricción por tipo de casco, propulsión, eslora ni material de construcción para las embarcaciones deportivas costeras. Esto hace de la Capitán Deportivo Costero la licencia más versátil dentro del sistema náutico deportivo chileno.


Embarcaciones específicas que puedes manejar

Veleros y embarcaciones a vela

La licencia habilita expresamente para el gobierno de embarcaciones a vela, lo que la distingue de las licencias de nivel inferior. Puedes manejar:

  • Veleros monotipos y de crucero: desde embarcaciones de vela ligera hasta cruceros oceánicos como un Bénéteau, Jeanneau, Bavaria, Dehler u otras marcas de crucero costera

  • Yates de vela: embarcaciones de vela con cabina para navegación de múltiples días

  • Catamaranes a vela: embarcaciones multicasco de propulsión vélica para navegación costera

  • Veleros de regata: embarcaciones diseñadas para competición con clasificación como embarcación costera o de alta mar

Nota importante: las embarcaciones clasificadas como costeras cuyo medio de propulsión principal sean sus velas deben igualmente contar con un motor del tipo apropiado a las características y desplazamiento de la embarcación — esta es una exigencia del equipamiento de la embarcación, no de la licencia.

Lanchas y embarcaciones a motor

Toda embarcación deportiva costera propulsada a motor está habilitada:

  • Lanchas deportivas costeras: embarcaciones open de fibra o aluminio para pesca deportiva o paseo con autonomía para salir de la bahía

  • Lanchas con cabina (cuddy): embarcaciones con cabina pequeña para mayor protección en travesías costeras

  • Yates a motor (motor yachts): embarcaciones de cabina completa para navegaciones de varios días

  • Catamaranes a motor: embarcaciones multicasco de propulsión mecánica para navegación costera

  • Embarcaciones inflables de alta performance (RIBs): del tipo Zodiac, BRIG o similares con motor fuera de borda o interior

Embarcaciones mixtas (vela y motor)

La licencia es la más completa para embarcaciones que combinan vela y motor auxiliar, que son la mayoría de los veleros de crucero modernos. Puedes navegar a vela y usar el motor auxiliar para maniobras de puerto, calmas y entrada a canales angostos sin restricción adicional.

Embarcaciones de bahía (incluidas automáticamente)

La Licencia de Capitán Deportivo Costero incluye automáticamente todas las facultades del Patrón Deportivo de Bahía. Esto significa que también puedes manejar todo tipo de embarcaciones deportivas de bahía: lanchas pequeñas, veleros de bahía, kayaks motorizados, embarcaciones de paseo en puertos y lagos. Si tienes la Capitán Costero, no necesitas tramitar por separado la licencia de bahía.


¿En qué aguas puedes operar con esta licencia?

La habilitación de la Capitán Deportivo Costero no se limita al mar: cubre todos los espacios acuáticos dentro de la jurisdicción de DIRECTEMAR hasta el límite de 60 millas de costa.

  • Mar territorial chileno: toda la costa del Pacífico hasta 60 millas

  • Canales australes y fiordos: los canales de la Patagonia chilena, donde muchas zonas están a menos de 60 millas de tierra firme

  • Lagos y ríos navegables: el Lago Villarrica, el Lago Llanquihue, el Lago Ranco y otros cuerpos de agua sometidos a la jurisdicción de la Autoridad Marítima

  • Bahías, puertos y caletas: todas las aguas protegidas dentro de la zona costera

  • Archipiélagos: las Islas Chiloé, el Archipiélago Juan Fernández y otras islas a menos de 60 millas de la costa continental

Límite de 60 millas: para travesías que superen las 60 millas náuticas de la costa — por ejemplo, una navegación a Isla de Pascua o Juan Fernández desde el continente — se requiere la Licencia de Capitán Deportivo de Alta Mar.


Lo que NO habilita la Licencia de Capitán Deportivo Costero

Navegación más allá de 60 millas

La licencia costera no habilita para navegaciones oceánicas que superen las 60 millas náuticas de la costa. Para esas travesías se requiere el nivel superior: la Licencia de Capitán Deportivo de Alta Mar.

Transporte comercial de pasajeros

La Licencia de Capitán Deportivo Costero es una habilitación de carácter deportivo y recreativo. No habilita para el transporte comercial de pasajeros ni para el arrendamiento náutico con fines comerciales como nave mayor. Para actividades comerciales de transporte se requieren titulaciones de la Marina Mercante chilena, que son un sistema completamente distinto.

Embarcaciones de trabajo o pesca profesional

Las embarcaciones de pesca artesanal, barcos de trabajo o naves de cabotaje no son embarcaciones deportivas y no quedan cubiertas por esta licencia, independientemente de su tamaño.

Actividades que no requieren ninguna licencia

El Reglamento General de Deportes Náuticos exime de licencia a ciertas actividades:

  • Navegación en embarcaciones propulsadas a vela menores de 5 metros de eslora

  • Navegación en embarcaciones propulsadas con motor menor a 10 HP

  • Remo, canotaje y kayakismo sin motor

Estas actividades de bajo riesgo no requieren licencia, aunque sí deben cumplir con el equipamiento de seguridad mínimo exigido por la Autoridad Marítima y realizarse en las áreas y condiciones que ésta autorice.


La licencia habilita al capitán, no a la embarcación

Un punto importante que muchos navegantes no consideran: la Licencia de Capitán Deportivo Costero habilita a la persona, no a la embarcación. Para que la navegación sea completamente legal, la embarcación también debe cumplir con sus propios requisitos:

  • Matrícula vigente en la Capitanía de Puerto correspondiente

  • Certificado de navegabilidad vigente emitido por la Autoridad Marítima

  • Equipamiento de seguridad reglamentario según la clasificación de la embarcación (costera o de alta mar): chalecos salvavidas, bengalas, balsa salvavidas, radio VHF, ancla, botiquín y demás elementos según la Circular A-41/014 de DIRECTEMAR

  • Seguro de responsabilidad civil vigente (recomendado y exigible según el tipo de operación)

Tener la licencia vigente pero navegar en una embarcación sin matrícula o sin el equipamiento de seguridad reglamentario expone al capitán a las mismas sanciones que si navegara sin licencia.


Ejemplos prácticos de lo que puedes hacer con esta licencia

  • Navegar en tu velero de crucero desde Valparaíso hasta Chiloé siguiendo el litoral

  • Salir a pescar con tu lancha a motor más allá de los límites de la bahía

  • Navegar por los canales australes a bordo de un catamarán

  • Arrendar un yate en un marina y operarlo tú mismo en zona costera

  • Navegar de noche en el litoral con el equipamiento nocturno reglamentario

  • Navegar en el Lago Villarrica, el Lago Llanquihue o el Lago Ranco

  • Participar en regatas costeras como patrón de la embarcación

  • NO puedes ir a la Isla de Pascua en velero directamente desde el continente (más de 60 millas)

  • NO puedes usar tu embarcación para transporte comercial de turistas

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